Las exenciones no cubren las tasas de Secretaría y la cuota del seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. La documentación que acredite la exención debe estar en vigor al formalizar la matrícula:
- Beca de carácter general del Ministerio de Educación.
- Familia numerosa de categoría general y especial.
- Estudiantes con discapacidad.
- Estudiantes que hayan obtenido medalla en olimpiadas académicas acreditadas de ámbito nacional o internacional.
- Ingreso Mínimo Vital.
- Matrícula de honor en la calificación final de 2º de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior (sólo para estudiantes de nuevo ingreso a primer curso de Grado).
- Participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.
- Premio extraordinario de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior.
- Víctimas de terrorismo.
- Víctimas de violencia de género.