Una vez calificada la defensa de tesis doctoral, se estará en disposición de solicitar el título. La petición se realizará por correo electrónico dirigida a: negociado.doctorado.etsit@upm.es
Desde el Negociado de Doctorado de la ETSIT se comunicará al doctor que ha sido calificada su defensa, generada tasa de título y procedimiento de pago.
a. Pago telemático. Con tarjeta mediante la plataforma de pago de la UPM: https://automatricula.upm.es/AC_gestionRecibos/ → otros pagos → clicar en símbolo $ y pinchar en pago con tarjeta online. Si se abre por referencia, ya no se puede pagar online y se tendría que pagar por banco.
b. Pago bancario. Se debe imprimir la carta de pago y abonarla en cualquier sucursal de las entidades bancarias que se indican en la misma.
c. Algunas entidades bancarias permiten el pago de recibos por su propia aplicación bancaria.
Documentación a remitir:
1. Solicitud disponible en sede electrónica https://sede.upm.es/ (ES IMPRESCINDIBLE EN EL PROCEDIMIENTO).
2. Fotocopia del DNI o Pasaporte, legible y vigente, no es válido en ningún caso NIE. Se entenderán como correctos los datos del DNI o pasaporte.
3. Podrá aplicarse la exención de Familia Numerosa adjuntando fotocopia del carné (vigente y legible).
4. Carta de pago del título abonada.
5. Copia escaneada del título de acceso a estudios de doctorado
En el momento que se reciban estos documentos en Negociado de Doctorado de la ETSIT, se remitirá un justificante provisional de que el título está en trámite.
La legislación vigente (art. 6, apartado 1 y 2 de la Orden Ministerial de 8 de julio de 1988, BOE de 13 de julio de 1988) prevé las siguientes modalidades de entrega del titulo:
El Decreto 80/2014 de 17 de julio, del Consejo de Gobierno de la CAM, establece precios dentro del Anexo VII apartado 3.1.9 para la remisión de títulos universitarios desde la Universidad a organismos públicos legalmente establecidos, distinguiéndose cuatro precios diferentes en función del destino del documento.
Para ello hay que enviar un correo electrónico a doctorado-master(at)etsit.upm.es solicitando el envío y adjuntando:
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(art. 7 de la orden ministerial de 8 de julio de 1988, BOE de 13 de julio de 1988) La persona interesada tendrá un plazo de 5 años desde la fecha de pago de las tasas de expedición del título para su recogida. Pasado este plazo, podrán ser destruidos, según indica la legislación vigente.