FAQ

Erasmus +

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  • ¿Qué es Erasmus?

    Erasmus+, el nuevo programa de la UE en materia de educación, formación, juventud y deporte, aprobado el pasado 19 de noviembre de 2013 por el Parlamento Europeo, comenzó en enero de 2014. El programa, de siete años de duración, tiene por finalidad incrementar las competencias y la empleabilidad, así como apoyar la modernización de los sistemas de educación, formación y juventud, y tendrá un presupuesto de 14.700 millones de euros.

     

    Recientemente le ha sido concedida a la UPM la Carta Universitaria Erasmus de Educación Superior (ECHE) que será válida durante toda la vigencia del futuro Programa Erasmus+(2014-2020)

     

    El nuevo programa Erasmus + se enmarca en la estrategia Europa 2020, en sus componentes de Educación y Formación 2020 y de Rethinking Education y engloba todas las iniciativas de educación, formación, juventud y deporte.

     

    La información general sobre los objetivos, condiciones y requisitos del Programa están publicados en la página del organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos OAPEE:

     

    (http://www.oapee.es/oapee/inicio/ErasmusPlus.html).

     

    El aspecto más difundido de Erasmus es la promoción de la movilidad de estudiantes.

  • ¿Qué es el Convenio de Subvención?

    El Convenio de Subvención es el documento que recibe la institución/organización beneficiaria de la subvención para el desarrollo del proyecto de la Acción Clave correspondiente, en el marco del Programa Erasmus+. Establece los términos y condiciones mediante cláusulas particulares, generales y anexos que forman parte integrante del convenio de subvención. 

     

    Debe firmarse por el responsable legal de la institución/ organización beneficiaria y por el representante legal del SEPIE. La firma del convenio de subvención implica que el beneficiario acepta la subvención y se compromete a ejecutar el proyecto bajo su propia responsabilidad.

  • ¿Qué son las becas Erasmus?

    La Unión Europea financia la movilidad de estudiantes, otorgando una cantidad global para los intercambios previstos por cada universidad. Por otra parte, las Comunidades Autónomas y las propias Universidades también complementan esa financiación.

     

    Alrededor del mes enero/febrero, la Escuela hace una selección de los candidatos para las plazas disponibles para el curso siguiente y remite unos impresos de solicitud al Rectorado con indicación del número de meses previsto para la estancia de cada estudiante (siempre dentro de las duraciones máximas previstas en los convenios bilaterales), datos bancarios del estudiante, etc. Para los estudiantes seleccionados, la Oficina de Movilidad de Estudiantes del Rectorado (en el edificio B, c/ Juan XXIII, primer piso) se encarga directamente de solicitar, gestionar y distribuir las ayudas de la Unión Europea proporcionalmente al número de meses que cada estudiante permanece desplazado. No es necesario ocuparse de ningún papeleo adicional, excepto las solicitudes de posibles becas complementarias. Los importes son abonados directamente en las cuentas de los estudiantes, sin que la Escuela tenga noticia de cuándo se abonan las becas, ni con qué cantidad.

  • ¿Debo entregar algún documento a la Universidad para justificar el periodo de mi estancia?

    En efecto, a vuestro regreso debéis llevar a la Oficina de Movilidad de Estudiantes del Rectorado un Certificado de Estancia firmado por el Coordinador Erasmus de vuestra institución de acogida donde se indique el periodo de vuestra estancia. Si éste hubiera sido inferior al previsto inicialmente, os harían devolver la diferencia. También pueden reclamaros copia del certificado donde conste vuestra actividad académica.

  • ¿Cómo acredito mi condición de becario Erasmus?

    La Oficina de Movilidad de Estudiantes del Rectorado elabora unas credenciales oficiales de beca (Contrato Institucional) que sirven al estudiante para acreditar su condición de becario en el extranjero. Además son necesarias para solicitar la Tarjeta Sanitaria (que es obligado llevar al Centro de acogida) para atención sanitaria en el extranjero en el caso de afiliados a la Seguridad Social. Este formulario se solicita en las Delegaciones del INSALUD.

  • ¿Es compatible la beca ERASMUS con otros ingresos?

    Oficialmente la beca es incompatible con un contrato laboral y exige dedicación plena del estudiante, siendo compatible con cualquier otra beca o ayuda. No hay problema para aceptar una beca por una actividad que tiene naturaleza académica (por ejemplo, la que da una empresa para que el estudiante realice una estancia en prácticas que le será reconocida como su Pruyecto Fin de Carrera). También es perfectamente compatible con las ayudas que el estudiante recibiría normalmente si siguiera sus estudios en España (por ejemplo, las becas del MEC).